EL ESTADO ACTUAL DE LA ABOGACÍA ESPAÑOLA
Victoria Ortega Benito
Presidenta del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE).
RJUAM núm. 34
I. EL PAPEL DE LA ABOGACÍA
Tiene razón Antonio Garrigues cuando afirma que la Abogacía española compite de igual a igual, y en muchos casos con superioridad, con el resto de las Abogacías europeas, si acaso excluyendo a la británica. Buena prueba de ello es que muchos despachos españoles están entre los primeros de Europa y su trabajo es reconocido por todos. Tenemos mejores abogados en el acceso a la profesión, como consecuencia de la Ley de Acceso, y excelentes abogados que se forman permanentemente como exige nuestra profesión. Pero también es cierto que hasta hace poco, la Abogacía era una actividad casi artesanal, sin una visión empresarial y tecnológica. Sin embargo, la globalización, los rápidos avances científicos y tecnológicos, la incesante producción legislativa y los profundos cambios sociales plantean nuevos desafíos a los que el Derecho como sistema de convivencia debe dar respuesta y que exigen también de cada abogado nuevas aptitudes y una nueva actitud.
En la Abogacía estamos sufriendo una durísima competencia: si hace veinte años había en nuestro país 45.000 abogados, hoy somos 150.000 los que competimos por un mercado limitado. No hay más pleitos porque haya más abogados. Sí hay peligros o amenazas que acechan a la profesión como el intrusismo o los servicios jurídicos paralegales que pueden conducir a la inseguridad jurídica, a la mercantilización del derecho, a la oferta de servicios low cost que no garanticen calidad ni seguridad jurídica o al uso de herramientas que pueden poner en peligro la confidencialidad ele la información que manejamos y el secreto ele las comunicaciones.
La Abogacía tiene que cambiar y adecuarse a las exigencias del tiempo en que vive, pero nunca puede ser una mercadería intercambiable con otros servicios, ni un mal entendido complemento de servicios financieros o de consultoría. Desempeña una función esencial para la construcción del Estado y la defensa diaria de los derechos de los ciudadanos.
II. FORMACIÓN Y NUEVAS HABILIDADES
Los abogados y abogadas debemos desarrollar nuevas habilidades y competencias para adaptarnos a los cambios. Los despachos deben modernizarse, lo están haciendo ya necesariamente, con nuevos medios y con técnicas de marketing, comunicación o gestión para adaptarse a las necesidades de los clientes. La clave de la supervivencia radica en la búsqueda de la excelencia, con una formación constante y global, y un riguroso respeto a la deontología profesional.
La formación continua es imprescindible, porque una de las características de un buen profesional de la Abogacía es la humildad de reconocer que jamás lo sabrá todo y debe estar en permanente aprendizaje. Pero tan importante o más es la formación inicial, pues de las herramientas, habilidades y competencias que un joven adquiera en la Universidad va a depender enormemente su desarrollo profesional futuro.
La Abogacía institucional reclamó durante años -nada menos que 90- una Ley de Acceso a la profesión de Abogado. La Ley 34/2006, de 30 de octubre, no entró en vigor hasta 2011, tras una larguísima vacatio legis de cinco años. Con esta Ley -y la aprobación de su Reglamento en junio de 2011 a través del Real Decreto 775/2011-, se modificó el sistema de acceso a la profesión y se estableció como requisito la realización de un máster específico de Abogacía y un examen de acceso como paso previo a la colegiación y el ejercicio profesional.
Desde su entrada en el Congreso hasta su publicación en el BOE, la Ley sufrió diversas modificaciones, muchas de ellas a petición de la Abogacía. Así, se consiguió que solo las Universidades públicas y privadas y las Escuelas de Práctica Jurídica homologadas pudieran impartir el curso de acceso; que el profesorado esté formado al menos por la mitad de profesionales colegiados ejercientes; que se mantuviera la prueba de evaluación final y el título profesional; o que la norma recogiera una referencia expresa a la Ley de Justicia Gratuita en la exposición de motivos.
Con ser este uno de los mayores logros de la Abogacía, no estamos del todo satisfechos y estamos trabajando ya con el Ministerio de Justicia y las Universidades para que las pruebas sean eminentemente prácticas. El grado forma juristas; el máster debe formar abogados y abogadas, perfectamente preparados para defender los derechos de los ciudadanos. Y demandamos por ello una mejora del sistema de acceso para que prime lo profesional sobre lo académico. No obstante, la valoración de estos cinco primeros años de aplicación de la Ley tiene que ser positiva. Hay que cambiar algunas cosas, y la Abogacía lo está exigiendo reiteradamente, pero el sistema está logrando el objetivo fundamental: abogados mejor preparados para el ejercicio profesional.
La enseñanza universitaria debe adaptarse también a los cambios sociales, tecnológicos y científicos que estamos experimentando en nuestras sociedades y enfocarse a una formación más global, más transversal, que abarque varios campos, pues el mundo del Derecho afecta a todas las áreas de la sociedad y de la vida. Como ha escrito Antonio Garrigues en el número l00 de la revista Abogacía «El estamento jurídico español no debe estar al margen -y en gran medida lo está- de una imparable revolución tecnocientífica que ya está afectando y lo seguirá haciendo a derechos básicos de la ciudadanía y así mismo a la práctica judicial y profesional.
Las Facultades de Derecho de nuestras Universidades, y estas en su conjunto, tendrán que aceptar que ya existe un derecho tecnológico y también un derecho científico con sus propios principios y peculiaridades. Han surgido como en su día surgieron el derecho laboral, el derecho contable o el derecho del medio ambiental. Estos nuevos derechos requieren su propio espacio formativo y pueden convertirse en una fuente importante de actividad profesional. Y esto, por cierto, se aplica tanto a los grandes o medianos despachos como a las firmas pequeñas y a los abogados que practican el ejercicio individualmente. El conocimiento de los temas antes reseñados va a ser de hecho un instrumento especialmente eficaz para reducir distancias y equilibrar oportunidades».
La formación inicial, reitero, que un estudiante adquiere en el Grado y profundiza mediante la especialización en el máster de Acceso a la Abogacía, es la base para que los jóvenes afiancen su futuro profesional y contribuyan a la riqueza y el progreso de nuestro país.
III. DERECHO DE DEFENSA
Abogacía es cooperadora esencial en la Administración de Justicia, no mera intérprete de la ley. De ahí la insistencia en la búsqueda de la excelencia basada en la mejor formación. Y esto no es solo para incrementar el volumen de negocio de nuestros despachos, sino porque la Abogacía es un pilar fundamental del Estado de Derecho y tiene una gran responsabilidad social.
Nuestra obligación es contribuir a la seguridad jurídica de los ciudadanos y para ello, debemos comenzar por exigir que se garantice el Derecho de Defensa. El Consejo General de la Abogacía Española lleva tiempo reclamando una Ley del Derecho de Defensa que garantice la libe1tad y la independencia de los abogados. Ya enviamos un borrador al Gobierno y volveremos a insistir en esta legislatura, aunque el ministro Catalá ya se ha comprometido a promoverla en su toma de posesión tras la formación del nuevo Gobierno.
Con esta Ley, se pondría fin a actuaciones que, sin base legal, violan el derecho de defensa, como por ejemplo el secreto de las comunicaciones abogado-cliente; se asegurarían los derechos de los ciudadanos y la efectiva realización del principio de contradicción en igualdad entre las partes, para evitar desequilibrios o limitaciones que puedan conducir a indefensión.
Reclamamos que los abogados estén en plano de igualdad y sean respetados por el resto de los actores de la Justicia, en la idea de que es básicamente esencial para el logro de la Justicia como base de la paz social, la convergencia de la función del juez y el abogado que ha de fundarse sobre tres pilares: la independencia judicial, la independencia y libertad de la defensa y la responsabilidad de unos y otros.
En esta línea, el Pleno del Consejo General aprobó por unanimidad el 12 de junio de 2013 el nuevo Estatuto General de la Abogacía Española que sustituye al aprobado por Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, aunque este texto sigue pendiente de aprobación por el Ministerio de Justicia. Entre otras cuestiones, el nuevo Estatuto reafirma el Derecho de Defensa; actualiza el ejercicio de la profesión; promueve la democracia interna; refuerza la vanguardia tecnológica y actualiza el régimen deontológico y sancionador. Al mismo tiempo, fija los derechos y deberes de los letrados en relación con sus clientes, mientras que potencia la conciliación de la vida familiar y profesional de los abogados y abogadas.
Pero también exigimos a todos los compañeros y compañeras una mayor autoexigencia deontológica, porque en nuestra profesión no caben los que no respetan los principios éticos y deontológicos o de una u otra forma violentan la Ley. Estamos trabajando en la revisión de nuestro Código Deontológico porque tenemos que responder a los nuevos retos de una sociedad que cambia y que exige respuestas éticas que en nuestra profesión deben ser consustanciales al trabajo que realizamos.
IV. COMPROMISO SOCIAL
La Abogacía no se entiende sin el compromiso con la ciudadanía. La Abogacía Española es responsable y defensora de un servicio público como la Justicia Gratuita y el Turno de Oficio, esenciales en un Estado social y democrático y de Derecho para garantizar el acceso a la Justicia y los derechos de las personas más vulnerables. Actualmente, casi 44.000 abogados y abogadas prestan este servicio modélico 24 horas al día, 365 días al año en cualquier lugar de España, sin apenas quejas de los usuarios y con una alta valoración, como demuestran las encuestas que hacemos. Estamos atendiendo a un millón de personas al año, aproximadamente.
Nuestra responsabilidad es garantizar que se presta en las debidas condiciones, que acceden a ella quienes lo necesitan, y la obligación de las administraciones públicas es que los abogados reciban una justa contraprestación por este trabajo fundamental para la cohesión y la paz social, pues garantiza el cumplimiento del derecho a la tutela judicial efectiva de todos los ciudadanos.
V. DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS
Y si hablamos de la función social de la Abogacía, no quiero dejar de mencionar la mayor catástrofe humanitaria y de Derechos Humanos que estamos sufriendo desde la II Guerra Mundial y la vergonzosa respuesta que estamos dando. Me refiero a la crisis de los refugiados.
Los principios fundacionales de la Unión Europea han sido sacudidos por esa extraordinaria crisis migratoria y por un sistema económico que ha puesto las leyes del mercado por encima de los derechos de las personas. También por el terrorismo islamista que ha golpeado varios países europeos y que ha provocado, además de la pérdida irreparable y absurda de vidas humanas, el sacrificio de muchos derechos en nombre de una supuesta seguridad.
La idea de una Europa fuerte, unida y respetuosa con los derechos de sus ciudadanos parece hoy una quimera y se impone el escepticismo, cuando no el rechazo abierto. Sin embargo, quienes crecimos con ese anhelo de una Unión Europea que acabara con los desequilibrios territoriales y las desigualdades sociales para hacer de todos sus habitantes ciudadanos de pleno derecho, nos resistimos a renunciar a una sociedad «en la que imperen los valores de respeto a la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto a los derechos humanos», (Constitución Europea). Unas sociedades caracterizadas por el pluralismo, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la no discriminación.
Nuestros muros, los únicos que desde la Abogacía estamos dispuestos a levantar para frenar la xenofobia y la exclusión que se están instalando en gran parte del mundo, son los muros de los Derechos Humanos, en cuya defensa estamos firmemente comprometidos.
En definitiva, una Abogacía moderna, en igualdad con el resto de los actores jurídicos, que busca la excelencia, con el máximo rigor deontológico, que cambia y se transforma para seguir a sus clientes en un mundo global y que refuerza su función social y su compromiso con los derechos de los ciudadanos y con los derechos humanos.